ASUNTO: FP02-V-2011-001297
RESOLUCION Nº PJ0822012000802
SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA
Vista la solicitud de homologación de acuerdo por OBLIGACION DE MANUTENCION, de fecha 05-11-2012, suscrita por los ciudadanos: GENARO JOSE BERMUDEZ IDROGO y CRIST ALIDA CASTELLANOS GUZMAN, identificados en autos, debidamente asistidos por el ciudadano NOEL BRAVO, Abogado en ejercicio e inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 26.968, cuyo escrito cursa en autos al folio 67, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes extensión Ciudad Bolívar, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el referido Convenio entre las partes tal como lo disponen el artículo 375 de la LOPNNA con el articulo 518 ejusdem, en concordancia con los artículos 263 y 363 del CPC, ordena proceder como si se tratara de Sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada con plena fuerza ejecutiva. Así se decide. Cúmplase. Déjese copia certificada y entréguese un ejemplar a cada una de las partes. Déjese Constancia en el Libro Diario de Actuaciones.---------------------------------------------------------------------------
El (a) Juez(a)
Abg. Bernabé Antonio Pérez Castaño
La Secretaria
Abg. Carolina Quijada Guevara
En esta fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en la decisión que antecede.
La Secretaria
Abg. Carolina Quijada Guevara
BAPC/CQG/Jessica.-
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