ASUNTO: FP02-J-2012-001220
RESOLUCION Nº PJ0822012000815
SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA
Vista la solicitud de homologación de acuerdo por OBLIGACION DE MANUTENCION, de fecha 11-10-2012, suscrita por los ciudadanos: TEXSY JAVIER GIL MORILLO y AGLIS ROSA HERNANDEZ FRANCO, identificados en autos, debidamente asistidos por la Abogada YAJAIRA GIANNATTASIO, Fiscal Séptimo del Ministerio Público, cuyo escrito cursa en autos al folio 03, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes extensión Ciudad Bolívar, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el referido Convenio entre las partes tal como lo disponen el artículo 375 de la LOPNNA con el articulo 518 ejusdem, en concordancia con los artículos 263 y 363 del CPC, ordena proceder como si se tratara de Sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada con plena fuerza ejecutiva. Así se decide. Cúmplase. Déjese copia certificada y entréguese un ejemplar a cada una de las partes. Déjese Constancia en el Libro Diario de Actuaciones.-----------------------------------------------------------------------------------------
El (a) Juez(a)
Abg. Bernabé Antonio Pérez Castaño
La Secretaria
Abg. Carolina Quijada Guevara
En esta fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en la decisión que antecede.
La Secretaria
Abg. Carolina Quijada Guevara
BAPC/CQG/Jessica.-
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