ASUNTO: FP02-J-2012-001082
RESOLUCION Nº PJ0822012000830

SENTENCIA INTERLOCUTORIA:
Declaración de Únicos y Universales Herederos.
Solicitante: Maria Angélica García Nádales.
Abogado: Marcos Aziz Subero.
IPSA Nº 92.545.

Vista la solicitud que encabeza las actuaciones que anteceden, los documentos producidos y la justificación promovida y evacuada al efecto, éste Tribunal de conformidad con lo previsto en el artículo 517 de la LOPNNA, concordancia con el 937 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de terceras personas de igual o mejor derecho, administrando justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara como: ÙNICOS y UNIVERSALES HEREDEROS, del causante: ESMER GILBERTO MARCANO RIOS, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 10.930.414, fallecido Ab-Intestato, en el Aeropuerto Internacional de Barquisimeto, el día 29 de mayo del año 2012, a sus hijos de nombre: (Identidad omitida según artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), venezolanos el primero de diecisiete (17) dos (02) y cinco (05) años de edad, respectivamente. Cumplidas como han sido las actuaciones de autos, devuélvase en original la documentación a la solicitante. ASI SE DECIDE. Déjese Constancia en el Libro Diario de Actuaciones.-
EL JUEZ (1º) DE MEDIACION


DRA. BERNABE ANTONIO PEREZ CASTAÑO.

LA SECRETARIA DE SALA

ABG. CAROLINA QUIJADA GUEVARA

BAPC/CQG/Betzabeh.-