ASUNTO: FP02-J-2012-001088
Resolución N°: PJ0822012000833

Sentencia Interlocutoria

Solicitante: Angel Jose Martell Morales y Karellys del Carmen Madrid Volweider.
Curador Propuesto: Maria del Rosario Volweider de Madrid.

Vista la aceptación de la ciudadana MARIA DEL ROSARIO VOLWEIDER DE MADRID, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 3.015.155, y de este domicilio, al cargo de Curador Ad-Hod que se le propuso, y juramentada como ha sido, según consta en autos al folio veinticuatro (24) en fecha 14 de noviembre de 2012; examinados, así mismo, los recaudos que se acompañan a la solicitud, este Tribunal, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 270 del Código Civil, discierne el cargo de Curador a la prenombrada ciudadana, a fin de que represente a la niña (IDENTIDAD OMITIDA SEGÚN ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES), de siete (07) años de edad, Imponiéndosele, por este Tribunal, de las atribuciones y obligaciones que implica el cargo que se le discierne. En consecuencia, de conformidad con la precitada norma, y el artículo 177 parágrafo cuarto literal “E” de la LOPNNA, Así se Decide. Déjese Copia Certificada, de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil. Archívense las actuaciones. Déjese constancia en el Libro Diario.-

EL JUEZ (1º) DE MEDIACIÓN


ABG. BERNABE ANTONIO PEREZ CASTAÑO

LA SECRETARIA DE SALA

ABG. CAROLINA QUIJADA GUEVARA


BAPC/CQG/Betzabeh.-