REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida
Mérida, veintidós (22) de octubre de dos mil doce (2.012)
202º y 153º

ASUNTO: LP21-L-2012-000362

ACTA DE DESISTIMIENTO


PARTE ACTORA:
SENIA CAROLINA RODRIGUEZ DE ANDRADE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 18.637.528, de este domicilio.
ABOGADOS APODERADA DE LA PARTE ACTORA: BELITZA NAYARET TORRES Y YOSMAR PADRON, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 76.286 Y 174.311, en su orden.
PARTE DEMANDADA: HOTEL LAS NIEVES DE MERIDA en la persona de LUIS ENRIQUE GUERRERO QUINTERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 11.960.383
ABOGADA ASISTENTE DE LA DEMANDADA: ANA TERESA FERMIN, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 17.447
MOTIVO:
Cobro de Prestaciones Sociales y otros Conceptos Laborales


En el día hábil de hoy veintidós (22) de octubre de dos mil doce (2012), siendo las 2:30 de la tarde, oportunidad fijada para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar en el presente Juicio de Cobro de Prestaciones Sociales y otros Conceptos Laborales; comparece la parte demandada LUIS ENRIQUE GUERRERO QUINTERO asistido de la Abg. ANA TERESA FERMIN, asimismo, se deja expresa constancia de que la parte actora SENIA CAROLINA RODRIGUEZ DE ANDRADE, no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, ni por si ni por intermedio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 153 ° y 202 °.
LA JUEZ,


ABG. YAJAIRA ROJAS DE RAMÍREZ



EL DEMANDADO Y ABOGADA ASISTENTE,


LA SECRETARIA


ABG. MARIA ALEJANDRA GUTIERREZ