REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL

JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.


Chivacoa: 29 de Octubre del 2012
Años: 202° y 153°


Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: GENESIS FLORIMAR PINTO DELGADO, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 19.974.067, con domicilio en la Comunidad de Guatanquire de la Ciudad de Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy y WILMER ANTONIO HOSPEDALES BRACHO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 12.727.664 domiciliada en la Comunidad de Pozo Nuevo de la Ciudad de Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy. Este Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de Propiedad a favor de la ciudadana FANNY YADIRA CANELON VALLES, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.278.590 de este domicilio, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre unas bienhechurias que la solicitante fomentó en un lote de Terreno Municipal que mide CIENTO NOVENTA Y SEIS METROS CUADRADOS CON OCHENTA Y CINCO CENTIMETROS( 196,85 Mts2) y con un área de construcción de CIENTO SETENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS CON DIECISEIS CENTIMETROS ( 174,16 Mts2) Ubicado en la Calle 16 entre avenidas 1 y 2 de la Comunidad de Guatanquire de la Ciudad de Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, consistente de una casa y un local comercial, la primera con paredes de bloque, techo de acerolit, piso de cemento, distribuida en dos habitaciones, un baño, sala, cocina, comedor, lavandero, y el local con paredes de bloque rustico, piso de cemento, puerta de hierro, techo de acerolit; y cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Casa que es o fue de Dinangela Fernández en 34.75 ml; SUR: Casa que es o fue de Maryori Canelón en 34.67 ml; ESTE: Casa que es o fue de Gloria Álvarez en 4.95 ml; OESTE: Calle 16 su frente en 8.64 ml; Según se evidencia del Certificado de Empadronamiento


N° 22-03-01-U01-106-16-40 Otorgado por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy , en fecha 20 de Agosto de 2012. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal. Se le Asignó el No. 2228/2012.-

El Juez,


Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA La secretaria,



Abg. Erlen Martínez



EBA/EM/klency.-