REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN L.O.P.N.A


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Tribunal de Ejecución Sección Adolescente
Maturin, 15 de Octubre de 2012
202º y 153º


ASUNTO PRINCIPAL : NY01-P-2011-000016
ASUNTO : NY01-P-2011-000016
JUEZA: ABG. LILIAM LARA ANDARCIA
SECRETARIA: ABG. ZURIMAR SANDOVAL OCA
SANCIONADO: IDENTIDAD OMITIDA
RESOLUCION: SE REVISA Y SE MANTIENE LA MEDIDA
DE IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTA



De conformidad con la función conferida por el Artículo 647 literal “e” de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, este Tribunal procede a efectuar LA REVISION DE IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTA impuesta, al joven IDENTIDAD OMITIDA, quien fue condenado a cumplir la sanción de UN (01) AÑO Y TRES (03) MESES DE REGLAS DE CONDUCTA de conformidad con lo establecido en el artículo 624 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, por la comisión del delito de POSESIÓN ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de La Colectividad.

En fecha 05 de Mayo de 2011 se dicto auto de Ejecución de la sentencia dictada en contra del precitado joven en su oportunidad legal correspondiente; Ahora bien, como quiera que de la revisión de las actuaciones se observa que el joven acudió al Tribunal en fecha 14/02/2012 a los fines de ser impuesto, ya que manifestó que se encontraba Privado de libertad por el Tribunal de Juicio Sección Adolescente, comenzando a cumplir con dicha medida en esa misma fecha.

Se observa que en fecha 14/05/2012 se Revisó y se Mantuvo la MEDIDA DE IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTA al ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, quien había cumplido con dicha medida por el lapso de TRES (03) MESES, faltándole por cumplir UN (01) AÑO.

Igualmente se observa que la Licenciada Erika Lara, en el día de hoy 15/10/2012 consignó Informe en el cual se evidencia que el prenombrado ciudadano continua cumpliendo con sus presentaciones, manifestó que se encuentra laborando en Caracas, sin embargo consignando constancia de trabajo expedida por el Consejo Comunal Francisco Morasan del Municipio Ezequiel Zamora del estado Monagas, siendo su PRONOSTICO FAVORABLE.

Se observa entonces, que desde hasta el día de hoy 15/10/2012 el sancionado IDENTIDAD OMITIDA, ha cumplido con la medida por el lapso de OCHO (08) MESES Y UN (01) DIA, faltándole por cumplir TRES (03) MESES Y VEINTINUEVE (29) DIAS.

Por cuanto se observa, que el sancionado IDENTIDAD OMITIDA, ha continuado cumpliendo con la medida impuesta, considera este Tribunal conveniente MANTENER LA MEDIDA DE IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTA, a los fines de continuar la finalidad de la sanción como es lograr su reinserción familiar y social.

DISPOSITIVA

En virtud de lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Ejecución Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley REVISA Y MANTIENE LA MEDIDA DE IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTA al ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, plenamente identificado, la cual fue impuesta por el lapso de UN (01) AÑO y TRES (03) MESES, quien ha cumplido con dicha medida OCHO (08) MESES Y UN (01) DIA, faltándole por cumplir TRES (03) MESES Y VEINTINUEVE (29) DIAS. Impóngase del presente auto al sancionado. Se fija como fecha de la PRÓXIMA REVISIÓN EL DÍA MIERCOLES 13 DE FEBRERO DE 2013. Notifíquese al Fiscal Décimo Especializado del Ministerio Público y a la Defensor Público Especializado. Ofíciese y envíese Copia Certificada al Departamento de Servicio Social de esta Sección Penal de Adolescentes. Cúmplase.
LA JUEZ DE EJECUCIÓN,

ABG. LILIAM LARA ANDARCIA.-


LA SECRETARIA,

ABG. ZURIMAR SANDOVAL OCA.