REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo del Municipio Heres
Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del
Estado Bolívar
Ciudad Bolívar, quince de octubre de dos mil doce
202º y 153º
RESOLUCION N°: PJ0252012000304
ASUNTO: FP02-V-2012-001335
Revisado como ha sido el escrito de demanda que antecede, contentivo de la pretensión de RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE VENTA CON RESERVA DE DOMINIO incoada por el ciudadano SAUL GRILLET GUACARAN, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, con cédula de identidad N° V-8.860.908, asistido por el ciudadano LUIS TOUSSAINT RIVAS, abogado en ejercicio, de este domicilio e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 20.450, contra la ciudadana DULCE VILLARROEL DE SAAVEDRA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, con cédula de identidad N° V-11.004.351, del mismo se evidencia que habiendo sido distribuido el asunto el día 28-09-12, hasta la presente fecha la parte interesada no ha consignado el original del instrumento fundamental de la pretensión, imposibilitando a este juzgado pronunciarse sobre la admisión de la misma, conforme lo establece el artículo 10 del Código de Procedimiento Civil; en consecuencia, INADMISIBLE la demanda por no cumplir con los requisitos solicitados por este Juzgado.
El Juez,
El Secretario Temporal,
ABG. ORLANDO TORRES ABACHE
JOSE RICARDO VELASQUEZ
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