REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo del Municipio Heres del
Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del
Estado Bolívar

Ciudad Bolívar, 09 de Octubre de 2012
202º y 153º

RESOLUCION N° PJ0252012000295
ASUNTO: FP02-M-2012-000066

Visto el auto de fecha 27-09-2012, inserto al folio nueve (09) del presente asunto, se evidencia que la parte actora no dio cumplimiento a lo ordenado por este Juzgador en el despacho saneador en lo referente al suministro del documento original en que se fundamenta la pretensión que es el efecto de comercio (Cheque), en razón de ello le es aplicable lo establecido en el ordinal 2º del artículo 340 del Código de Procedimiento Civil, en lo referente a los instrumentos en que se fundamenta la pretensión, requisito este indispensable para la admisión del mismo, hechos estos que conllevan a este Tribunal inadmitir la pretensión de Cobro de Bolívares (vía Intimación) incoada por el ciudadano JICLI RAFAEL SOTO BOMPART. Dese por terminado el presente asunto y ordénese el archivo de ley correspondiente.-

El Juez,

Abog. Orlando Torres Abache
El Secretario Temp.,

José Ricardo Velásquez