ASUNTO: FP02-J-2012-001060
RESOLUCION Nº PJ0822012000627
SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA
Vista la solicitud de homologación de acuerdo por REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, de fecha 05 de Octubre del 2012, suscrita por los ciudadanos: RAMON ANTONIO HERNANDEZ RODRIGUEZ y IRASEMA DEL CARMEN MARQUEZ, identificados en autos, debidamente asistidos por el Dr. WALFREDO MENDEZ ARAY, Fiscal Séptimo (E) del Ministerio Publico en Materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, cuyo escrito cursa en autos a los folios 02 y 03, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes extensión Ciudad Bolívar, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el referido Convenio entre las partes tal como lo disponen los artículos 375 y 387 de la LOPNNA con 518 ejusdem concordancia con los artículos 263 y 363 del CPC, en consecuencia ordena proceder como si se tratara de Sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada con plena fuerza ejecutiva. Así se decide. Cúmplase. Déjese copia certificada y entréguese un ejemplar a cada una de las partes. Déjese Constancia en el Libro Diario de Actuaciones.-----------------------------------
El Juez de Mediación Nº 01
Abg. Bernabé Antonio Pérez Castaño.
El (a) Secretario (a)
En esta fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en la decisión que antecede.
El (a) Secretario (a)
BAPC/Ryna Sano.-
|