ASUNTO:  FP02-J-2012-001068
 
RESOLUCIÓN Nº PJ0822012000667
 
 
SENTENCIA INTERLOCUTORIA.
 
 
Solicitud por:	Justificativo de Carga Familiar.-
 
Solicitante:	Eladia del Carmen Ojeda de Ascanio.
 
Abogada:             Guadalupe Rivas, Defensora Pública Tercera de Protección de 
 
		Niños, Niñas y Adolescentes
 
 
	Revisando actas en el presente expediente, este Juzgado observa, que se cumplió con todos los requisitos exigidos en el presente asunto FP02-J-2012-001068, de Justificativo de Carga Familiar, de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, este Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. Declara la Justificación de Carga familiar al Ciudadano: JOHAN FRANCISCO ASCANIO OJEDA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad  Nº V- 15.125.259, con domicilio en el Sector las Moreas, Calle Principal, Casa Nº 25, Punto de Referencia Frente al Comercial Chino, Ciudad Bolívar, Municipio Heres del estado Bolívar, a  favor del niño  (IDENTIDAD OMITIDA SEGÚN ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES).  Y Así se Decide.  Entréguense los documentos originales previa certificación en autos, a la parte interesada. Cúmplase. Déjese Constancia en el Libro Diario de Actuaciones.
 
 
 
      EL  JUEZ (1º) DE MEDIACIÒN 
 
					
 
 ABG. BERNABE ANTONIO PEREZ CASTAÑO 
 
                                                                                  LA (el) SECRETARIA DE SALA 
 
 
		 
 
BAPC/EleniceAbreu.Asistente.
 
 
 
 
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