ASUNTO: FP02-J-2012-001068
RESOLUCIÓN Nº PJ0822012000667

SENTENCIA INTERLOCUTORIA.

Solicitud por: Justificativo de Carga Familiar.-
Solicitante: Eladia del Carmen Ojeda de Ascanio.
Abogada: Guadalupe Rivas, Defensora Pública Tercera de Protección de
Niños, Niñas y Adolescentes

Revisando actas en el presente expediente, este Juzgado observa, que se cumplió con todos los requisitos exigidos en el presente asunto FP02-J-2012-001068, de Justificativo de Carga Familiar, de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, este Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. Declara la Justificación de Carga familiar al Ciudadano: JOHAN FRANCISCO ASCANIO OJEDA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº V- 15.125.259, con domicilio en el Sector las Moreas, Calle Principal, Casa Nº 25, Punto de Referencia Frente al Comercial Chino, Ciudad Bolívar, Municipio Heres del estado Bolívar, a favor del niño (IDENTIDAD OMITIDA SEGÚN ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES). Y Así se Decide. Entréguense los documentos originales previa certificación en autos, a la parte interesada. Cúmplase. Déjese Constancia en el Libro Diario de Actuaciones.


EL JUEZ (1º) DE MEDIACIÒN

ABG. BERNABE ANTONIO PEREZ CASTAÑO
LA (el) SECRETARIA DE SALA


BAPC/EleniceAbreu.Asistente.