ASUNTO: UP11-V-2012-000369

DEMANDANTE: YUDARI NACARI JIMENEZ TORREALBA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 13.094.762, domiciliada en La Urb. Santa Teresa, Edif. Yaracuy III, Planta Baja, apartamento 00-01, Municipio Cocorote, estado Yaracuy.

DEMANDADO: SERGIO EDILBERTO FUENTES COLMENAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 7.586.996, domiciliado en la Avenida Paez, entre calles 7 y 8, Boraure, municipio La Trinidad estado Yaracuy

ADOLESCENTE Y NIÑO: (IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES)

MOTIVO: OBLIGACION DE MANUTENCION.

En fecha 30 de Mayo de 2012, se recibió escrito y demás recaudos anexos relativos al procedimiento de OBLIGACION DE MANUTENCION, por la ciudadana YUDARI NACARI JIMENEZ TORREALBA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 13.094.762, domiciliada en La Urb. Santa Teresa, Edif. Yaracuy III, Planta Baja, apartamento 00-01, Municipio Cocorote, estado Yaracuy a favor de la adolescente y niño (IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES), en contra del ciudadano SERGIO EDILBERTO FUENTES COLMENAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 7.586.996, domiciliado en la Avenida Páez, entre calles 7 y 8, Boraure, municipio La Trinidad estado Yaracuy.

Revisadas las actas procesales que conforman a la presente causa, este Juzgador hace las siguientes consideraciones para decidirla:

En fecha 24 de Septiembre de 2012, siendo la oportunidad fijada para llevar a efecto la audiencia preliminar en su fase de mediación, se constituyó este Juzgado presidido por la jueza abogada ANILEC SILVA CAMACARO, por la secretaria Wendy Betancourt y el alguacil, ciudadano Ronal Chirinos. Se deja constancia de la comparecencia de la ciudadana YUDARI NACARI JIMENEZ TORREALBA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 13.094.762, domiciliada en La Urb. Santa Teresa, Edif. Yaracuy III, Planta Baja, apartamento 00-01, Municipio Cocorote, estado Yaracuy, parte demandante. Se deja constancia de la no presencia del ciudadano SERGIO EDILBERTO FUENTES COLMENAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 7.586.996, domiciliado en la Avenida Páez, entre calles 7 y 8, Boraure, municipio La Trinidad estado Yaracuy parte demandada ni por si ni por medio de apoderado judicial que lo represente. Visto la incomparecencia de la parte demandante en la presente causa el tribunal declara terminado el presente asunto.

Encontrándose la causa para dictar sentencia, esta Juzgadora decide en los siguientes términos:

Ahora bien, al dejar constancia el Tribunal de la inasistencia de la parte demandante, se considera desistido el presente procedimiento. En consecuencia, este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA DESISTIDO EL PRESENTE PROCEDIMIENTO DE OBLIGACION DE MANUTENCION, de conformidad con lo establecido en el artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Se ordena el archivo del expediente, devolver los originales de los instrumentos presentados a la parte que los produjo, y dejar copias certificadas de éstos en el mismo.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. En San Felipe, a los veinticuatro (24) días del mes de Septiembre de 2012. Años: 202º de la Independencia y 153º de la Federación.
La Jueza,
Abg. Anilec Silva Camacaro

La Secretaria

Abg. Wendy Betancourt

En esta misma fecha se publico la presente sentencia, siendo las 2:25 p.m.
La Secretaria