ASUNTO: FP02-J-2012-000947
RESOLUCION Nº PJ0822012000547

SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA

Vista la solicitud de homologación de acuerdo por REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, de fecha 13-08-2012, suscrita por los ciudadanos: RAFAEL DAVID APONTE CASTRO y JHOJAIBELL BRIGGIT DEL VALLE BAEZ BERMAS, identificados en autos, debidamente asistidos por el Dr. WALFREDO MENDEZ ARAY, Fiscal Séptimo del Ministerio Público, cuyo escrito cursa en autos al folio (03), este Juzgado de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes extensión Ciudad Bolívar, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el referido Convenio entre las partes tal como lo disponen los artículos 387 de la LOPNNA con 518 ejusdem concordancia con los artículos 263 y 363 del CPC en consecuencia ordena proceder como si se tratara de Sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada con plena fuerza ejecutiva. Así se decide. Cúmplase. Déjese copia certificada y entréguese un ejemplar a cada una de las partes. Déjese Constancia en el Libro Diario de Actuaciones.-------------------------
EL JUEZ (1º) DE MEDIACIÒN


ABG. BERNABE ANTONIO PEREZ CASTAÑO

El (a) Secretario (a)


En esta fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en la decisión que antecede.

El (a) Secretario (a)



BAPC/Jessica.-