JUZGADO DEL MUNICIPIO PEÑA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
Yaritagua, 10 de Abril de 2013
Año 203º y 153º
Por cuanto el ciudadano: ENRIQUE RAFAEL MENDOZA PEREZ, titular de la cédula de identidad N°: 10.855.681, mayor de edad, soltero, domiciliada en la ciudad de Yaritagua Municipio Peña del Estado Yaracuy, RECONOCIO LA FIRMA COMO SUYA Y COMO CIERTO EL CONTENIDO DEL DOCUMENTO PRIVADO, que riela al folio Nº: Tres (03) del Expediente Nº: 4478/13, en tal virtud vista la solicitud presentada por, este Tribunal ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: RECONOCIDO dicho instrumento privado, de acuerdo a lo establecido en el artículo 444 del Código de Procedimiento Civil y acuerda devolver con sus resultas al interesado, dejando a salvo los derechos de terceros.
El Juez
Abg. Octavio Méndez Mújica
La Secretaria
Abg. Cándida Lucena Perdigón.
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