REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MECANTIL Y AGRARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR.
PUERTO ORDAZ, VEINTITRÉS (23) DE ABRIL DEL 2013.
AÑOS: 202° Y 154°
COMPETENCIA CIVIL.

Por cuanto de la revisión de las presentes actuaciones del juicio de: PARTICIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LA COMUNIDAD, incoado por el ciudadano: VICTOR HUGO CALDERON AVENDAÑO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-17.753.525 y de este domicilio, en contra de la ciudadana: WUENDEY COROMOTO JIMENEZ DE CALDERON, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-8.887.697 y de este domicilio, observa el Tribunal por auto de fecha 13 de noviembre del año 2012, INSTÓ a la parte actora a que consigne en autos copia certificada del documento que acredite el derecho de la comunidad, así mismo, copia certificada del acta de matrimonio ya que indica que son conyugues, a los fines de proveer sobre la admisión de la misma, hasta la fecha tal requerimiento no ha sido satisfecho por la parte interesada y así lo hace constar el Tribunal, dando por terminado el presente juicio. Ordenándose remitir el expediente al Archivo Judicial.-
EL JUEZ PROVISORIO,


DR. JOSÉ SARACHE MARÍN
EL SECRETARIO,


ABG. JHONNY CEDEÑO

JSM/jc/*astrid
EXP. Nº 43.103-12