REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO HERES
PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ESTADO BOLÍVAR
Ciudad Bolívar, 02 de abril de 2013
202º y 154º
RESOLUCION N°: PJ0252013000118
ASUNTO: FP02-S-2013-000465
Visto el escrito de Solicitud de DIVORCIO 185-A, de fecha 19-02-2013, suscrito por los ciudadanos CARLOS JOSÉ ZAMORA y GISELA JOSEFINA PÁEZ venezolanos, mayores de edad, con cédula de identidad. N° V-8.864.499 y 12.187.027 respectivamente, debidamente asistidos por la abogada en libre ejercicio CARMEN MARTÍNEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 150.223, mediante el cual interponen solicitud de divorcio y, por cuanto de autos se evidencia que el tribunal fecha 20-03-2013, dictó despacho saneador, no dando cumplimiento a lo requerido por el Fiscal Séptimo del Ministerio Público del Primer Circuito de esta Circunscripción Judicial, en fecha 14-03-2013, a los fines que las partes interesadas consignaran el acta de nacimiento de la ciudadana KRISSMARLYN MAGDALENA ZAMORA PÁEZ, en un lapso de TRES días de despacho siguientes, instrumento fundamental de la pretensión. En consecuencia, estando en la oportunidad procesal para que este Juzgado Segundo del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emita el pronunciamiento correspondiente conforme a las disposiciones contenidas en el artículo 10 del Código de Procedimiento Civil y, por cuanto hasta la presente fecha no han dado impulso procesal en lo que respecta a la consignación de lo requerido, este tribunal DESESTIMA la solicitud de Divorcio 185-A .-
El Juez,
Abog. Orlando Torres Abache
La Secretaria Temporal,
Abog. Ana Mares
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