ASUNTO : FP02-V-2013-000226
RESOLUCIÓN N° PJ0822013000117

SENTENCIA INTERLOCUTORIA

Visto y recibido el desistimiento de fecha 10/04/2013, suscrito por el ciudadano: LUIS ALBERTO LEÓN SILVA, venezolano, mayor de edad, y titular de la Cédula de Identidad Nº V-16.500.385, asistida por la abogada Maryorieth Gomez, inscrita en el I.P.S.A. 113.972, mediante la cual DESISTE de la demanda de DIVORCIO CONTENCIOSO, asignado con el Nº de Asunto FP02-V-2013-000226, incoada en contra de la ciudadana YUSMARI AULAR, Identificada en autos, este Tribunal, acuerda la solicitud por no ser contrario a derecho, al orden público y a ninguna disposición expresa de Ley, procediendo de conformidad con la voluntad expresa de las partes y ajustado a las previsiones de la norma contenida en el Artículo 263, del Código del Procedimiento Civil, el cual expresa: “ En cualquier estado y grado de la causa puede el demandante desistir de la demanda y el demandado convenir en ella. El juez dará por consumado el acto, y se procederá como en sentencia pasada en autoridad de sosa juzgada, sin necesidad del consentimiento de la parte contraria”, en consecuencia le imparte su HOMOLOGACION al presente DESISTIMIENTO, dando en consecuencia, por consumado el acto procediendo para todos los efectos como si se tratase de Sentencia pasada en Autoridad de cosa Juzgada, y así se declara. Se ordena devolver los documentos originales acompañados con el libelo de la demanda, previa su certificación por secretaria. Déjese Constancia en el Libro Diario de Actuaciones.

LA JUEZ (1º) DE MEDIACIÒN y SUSTANCIACIÓN (TEMPORAL)


ABG. GLORIA JOSEFINA MONTENEGRO

LA (el) SECRETARIA DE SALA


ABG. CAROLINA QUIJADA GUEVARA
La Asistente
Ramona Evelyn Afanador