ASUNTO: FP02-J-2012-001073
RESOLUCION Nº PJ0822013000103
SENTENCIA INTERLOCUTORIA:
Declaración de Únicos y Universales Herederos.
Solicitante (s): Raúl Rolando Machado Núñez
Beneficiarios: Raulis Rolando Machado Sánchez, Karliana Lizkelly Peinado Sánchez,
Abogado: Jesús Rafael Vidal Duerto
Inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº 132.440
Vista la solicitud que encabeza las actuaciones que anteceden, los documentos producidos y la justificación promovida y evacuada al efecto, éste Tribunal de conformidad con lo previsto en el artículo 517 de la LOPNNA, concordancia con el 937 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de terceras personas de igual o mejor derecho, administrando justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara como: ÙNICOS y UNIVERSALES HEREDEROS de la causante: ELISABETH MARÍA SÁNCHEZ ARAY, quien fuera venezolana, mayor de edad, C.I. Nº 10.574.517, fallecida Ab-Intestato, el día 06 de Enero del año 2012, a sus hijos de nombres: RAULIS ROLANDO MACHADO SÁNCHEZ, KARLIANA LIZKELLY PEINADO SÁNCHEZ y (IDENTIDAD OMITIDA SEGÚN ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES), venezolanos, de diecinueve (19), diez (10) Y cinco (05) años de edad respectivamente, y al ciudadano RAULIS ROLANDO MACHADO SÁNCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 8.890.988, en su condición de cónyuge con respecto a la referida De Cujus. Cumplidas como han sido las actuaciones de autos, devuélvase en original la documentación a la solicitante y déjese copia certificada del fallo completo. ASI SE DECIDE. Déjese Constancia en el Libro Diario de Actuaciones.
La Juez (1º) de Mediación y Sustanciación,
Dra. Gloria Josefina Montenegro
La Secretaria de Sala
Dra. Carolina Quijada Guevara
GJM/Daisy Torres.-
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