ASUNTO: FP02-V-2013-000019.
RESOLUCION: PJ0832013000513.


SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA DECLARANDO DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y EXTINGUIDA LA INSTANCIA.

En horas hábiles del día de hoy 29/04/13, siendo las DOS TREINTA DE LA TARDE día y hora acordados para que comparezcan los ciudadanos: Janitza Campos y Reinaldo Garcia Lascano, titulares de la Cedulas de Identidad Nros: 11.731.680 y 11.726.284, respectivamente, en la causa por FIJACION DE LA OBLIGACION DE MANUTENCION, a favor de la niña: (Identidad omitida según artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes) de once años de edad, el Tribunal deja constancia de que no compareció la parte actora, ya identificada, por su parte compareció el demandado, ya identificado, asisitido de abogada Dra. Carmen Garcia IPSA Nº: 143.692, a la presente fase de la preliminar, por lo cual vista la incomparecencia de la demandante este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara DESISTIDO el presente procedimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 472, primer aparte de la Ley Orgánica para la Protección de niños, niñas y adolescentes y en tal virtud EXTINGUIDA LA INSTANCIA, advirtiéndole a la demandante que no podrá volver a presentar nueva demanda antes de que transcurra un (01) mes, contados a partir de la presente fecha. Déjese constancia en el Libro Diario del Tribunal y archívese el presente expediente. Homologado el presente desistimiento y visto que existe medida preventiva de embargo en contra del demandado, el tribunal ordena Revocar la referida medida que se había decretado en fecha. 28 de Enero del 2013, y que se comunicó al patrono con oficio Nº 161 de la misma fecha. Así se decide. Ofíciese. Es todo, termino, se leyó y conformes firman, siendo las TRES Y DOCE de la tarde. -----------------------------------------------------
EL JUEZ (2º) DE MEDIACION Y SUSTANCIACION.

DR. FRANKLIN GRANADILLO PAZ
EL DEMANDADO Y SU ABOGADA

LA (el ) SECRETARIA (o).


FGP/fgp.