REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA



Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida sede Mérida.
Tribunal Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
Mérida, dieciséis (16) de abril de dos mil trece.

202º y 154º
Asunto Nro. 1141

SOLICITANTE: ANA ELODIA ECHEVERRIA RAMIREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10711.534.

BENEFICIARIAS: OMITIR NOMBRES, de once (11) y dieciséis (16) años de edad, en su orden.

MOTIVO: Autorización Judicial para Cobro de Beneficios.

Vista la solicitud de fecha ocho (08) de abril de (2013) presentada por la ciudadana: ANA ELODIA ECHEVERRIA RAMIREZ, debidamente asistida por el abogado DAVID MARTIN DUGARTE, en su carácter de Defensor Publico tercero del Estado Mérida, actuando en nombre y representación de la adolescente y de la niña OMITIR NOMBRES, plenamente identificada en autos; quien solicita AUTORIZACION JUDICIAL PARA COBRO DE BENEFICIOS, por ante cualquier institución publica o privada, beneficios dejados por su legitimo padre el causante AUGUSTO DUGARTE LOPEZ, quien en vida fue venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-3.033.490, este Tribunal le dio entrada a la solicitud junto con los recaudos acompañados, por consiguiente pasa este Tribunal a decidir.---
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONCEDE LA AUTORIZACIÓN JUDICIAL SOLICITADA, de conformidad con lo establecido en los artículos 267 y 269 del Código Civil en concordancia con el Artículo 177, Parágrafo cuarto, literal “e” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. “Se deja a salvo los derechos de terceros” Resuelve: Autorizar suficientemente la adolescente y de la niña OMITIR NOMBRES, para que pueda tramitar y cobrar cantidades de dinero ante cualquier institución publica o privada. El Tribunal exhorta a cualquier Institución publica o privada a pagar los beneficios que le pueda corresponder y a elaborar Cheque de Gerencia por la cuota parte, a nombre del TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, y remitirlos a este Despacho, para lo cual el Tribunal autoriza la entrega del mismo a la ciudadana ANA ELODIA ECHEVERRIA RAMIREZ, en su carácter de madre y representante legal de la adolescente y de la niña OMITIR NOMBRES; a objeto de que los consigne por ante este despacho, en un plazo no mayor de treinta (30) días después de realizada la operación. Entréguese por Secretaria copia debidamente certificada de la presente decisión a la parte interesada a los fines legales pertinentes. CÚMPLASE.--------------------------------------------------
Regístrese y Publíquese.--------------------------------------------------------------------
Dada, Firmada y Sellada en la sede del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en la ciudad de Mérida, a los dieciséis días del mes de abril de dos mil trece (2013).-------


LA JUEZA

ABOG. DOANA RIVERA HERRERA

EL SECRETARIO TITULAR

ABOG. PABLO ALARCON SANCHEZ

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.

EL SRIO


Exp. Nº 1141
Cherald.-