REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
Chivacoa, 13 de Agosto del 2013
Años: 202° y 154°
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por las partes interesadas, ciudadanos MARIA AVILA, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 7.504.008 con domicilio en la Comunidad de la Peñita, en la Ciudad de Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy y CARMEN RAMIREZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 7.593.280, domiciliada en la Comunidad de la Peñita, en la Ciudad de Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy. Este Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de Propiedad a favor de la ciudadana MARIA CUSTODIA MENDOZA SEQUERA, Venezolana, Titular de la cedula de identidad Nro V- 3.705.343; sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre unas bienhechurias que la solicitante fomentó sobre una Parcela de Terreno propiedad Municipal que mide DOSCIENTOS SETENTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON SETENTA Y CINCO CENTIMETROS ( 278,75 mts2), en un área de Construcción de CIENTO VEINTICIATRO METROS CUADRADOS CON TREINTA Y SEIS CENTIMETROS ( 124,36 mts2), Ubicada en la Calle 2 entre avenidas 12 y 13 de la Comunidad de la Peñita, de la Ciudad de Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, una casa construida con techo de acerolit y zinc, piso de cemento pulido, paredes de bloques frisados, dos puertas de hierro, una puerta de madera, una ventana de madera, dos protectores de hierro, cuatro dormitorios, una cocina, una sala, un baño, instalación de aguas blancas, aguas servidas y luz eléctrica; cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Casa que es o fue de Familia López en 20.00 ml; SUR: Casa que es o fue de Iris Noguera en 21.10 ml; ESTE: Calle 2 su frente en 13.20 ml; OESTE: Casa que es o fue de Alberto Escalona en 14.00 ml, Según se evidencia del Certificado de empadronamiento Nº 22-03-01-AU-112-13-06, Otorgado por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en fecha 26 de Julio del año 2012. Devuélvase original Con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal. Se le Asignó el No. 2752/2013.-
El Juez,
Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA La secretaria,
Abg. Erlen Martínez
EBA/EM/klency.-