REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
Chivacoa, 06 de Agosto del 2013
Años: 202° y 154°
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por las partes interesadas, ciudadanos MARIBEL GONZALEZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 9.852.251 con domicilio en la Urbanización Tricentenario de la Ciudad de Chivacoa, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy y CARMEN ACOSTA, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.475.293, domiciliado en la Comunidad de Tamarindo de la Ciudad de Chivacoa, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy. Este Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de Propiedad a favor de la ciudadana MAIGUALIDA LOAIZA, Venezolana, Titular de la cedula de identidad Nro V- 7.506.398; sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre unas bienhechurias que la solicitante fomentó sobre una Parcela de Terreno propiedad Municipal, que mide CIENTO NOVENTA Y CINCO METROS CUADRADOS CON OCHO CENTIMETROS ( 195,08 mts2), en un área de construcción de CIENTO TREINTA Y SEIS METROS CUADRADOS CON OCHENTA Y OCHO CENTIMETROS ( 136,88 mts2), Ubicado en la Calle 7 entre avenidas 12 y 13 de la Comunidad de la Peñita, de la Ciudad de Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, una casa construida con paredes de bloques de cemento, techada en parte de machimbrado y parte de acerolit, piso de cerámica, puerta y ventanas de hierro, dotada de lo servicios públicos, aguas, electricidad, aseo, instalación de tuberías para aguas servidas y distribuida en Tres habitaciones, dos baños, una cocina empotrada, una sala recibo, un comedor y un porche garaje; cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Casa que es o fue de Dominga Loaiza en 26.05 ml; SUR: : Casa que es o fue de Zuli Rodríguez en 26.25 ml; ESTE: Calle 7 su frente en 7.30 ml; OESTE: : Casa que es o fue de Rosa de Falcón en 8.80 ml, Según se evidencia del Certificado de Empadronamiento Nº 22-03-01- AU-103-21-09, Otorgado por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en fecha 04 de Noviembre del año 2011. Devuélvase original Con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal. Se le Asignó el No. 2721/2013.-
El Juez,
Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA
La secretaria,
Abg. Erlen Martínez
EBA/EM/klency.-