REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Juicio de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz
Puerto Ordaz, nueve (09) de agosto de dos mil trece (2013)
203º y 154º

ASUNTO PRINCIPAL : FP11-N-2012-000235
ASUNTO : FP11-N-2012-000235


Vista la diligencia consignada en fecha 08/08/2013 por la ciudadana ANTONIELLA NIGRO, abogada en ejercicio, de este domicilio, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 122.752, en su condición de apoderada judicial de la Sociedad Mercantil ROPITAS C. A, inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en fecha 20/02/2002, inserto bajo el Nro. 22, Tomo 6-A Pro de los Libros respectivos, parte recurrente en la presente causa, mediante la cual desiste del presente procedimiento, es por lo que, a tenor de lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concatenación con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, esta sentenciadora homologa el presente Desistimiento pasado en autoridad de cosa juzgada. Y así se establece.

Se ordena la notificación de la Procuraduría General de la República, a tenor de lo dispuesto en el artículo 97 del Decreto Co Rango, Valor Y Fuerza de Ley de Reforma Parcial de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República. Líbrese el Oficio correspondiente.

LA JUEZA PRIMERA DE JUICIO

ABOG. MARIBEL DEL VALLE RIVERO REYES.

EL SECRETARIO DE SALA.

ABOG. RONALD GUERRA.