REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy
San Felipe, doce de agosto de dos mil trece
203º y 154º
ASUNTO: UP11-V-2013-000351
DEMANDANTE: DAMASO JESUS MONGE LOPEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.271.686 y domiciliado en Sector 23 de enero, calle principal, casa s/n, detrás de la venta de repuestos de moto, Aroa, Municipio Bolívar del Estado Yaracuy
DEMANDADA: SONIA ELVIRA VERASTEGUI RODRIGUEZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. V-13.984.918, domiciliada en fundación k, calle Ruiz pineda, casa nº 7, tocuyito, municipio libertador estado Carabobo.
ADOSLESCENTE Y NIÑA: IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGANICA DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES.
MOTIVO: RESPONSABILIDAD DE CRIANZA (CUSTODIA)
En fecha 4 de Julio de 2013, se recibió escrito y demás recaudos anexos relativos al procedimiento de RESPONSABILIDAD DE CRIANZA (CUSTODIA), presentados por el ciudadano DAMASO JESUS MONGE LOPEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.271.686 y domiciliado en Sector 23 de enero, calle principal, casa s/n, detrás de la venta de repuestos de moto, Aroa, Municipio Bolívar del Estado Yaracuy, en contra de la ciudadana SONIA ELVIRA VERASTEGUI RODRIGUEZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. V-13.984.918, domiciliada en fundación k, calle Ruiz pineda, casa nº 7, tocuyito, municipio libertador estado Carabobo, a favor de los niños IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGANICA DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES.
Revisadas las actas procesales que conforman a la presente causa, este Juzgador hace las siguientes consideraciones para decidirla:
En fecha 12 de Agosto de 2013, siendo la oportunidad fijada para llevar a efecto la audiencia preliminar en su fase de mediación, se constituyó este Juzgado presidido por la jueza Abg. Anilec Silva Camacaro, como secretaria Abg. Katiuska Pérez y el alguacil Edgar Meléndez, se anunció el acto ante las puertas del tribunal, haciendo el llamado, siendo las dos de la mañana (2:00 p.m.). Se deja constancia de la no presencia de la parte demandante DAMASO JESUS MONGE LOPEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.271.686 y domiciliado en Sector 23 de enero, calle principal, casa s/n, detrás de la venta de repuestos de moto, Aroa, Municipio Bolívar del Estado Yaracuy, ni por si ni por medio de apoderado judicial que lo represente. Se deja constancia de la presencia de la ciudadana SONIA ELVIRA VERASTEGUI RODRIGUEZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. V-13.984.918, domiciliada en fundación k, calle Ruiz pineda, casa nº 7, tocuyito, municipio libertador estado Carabobo. Se deja constancia de la presencia del Abg. FRANCISCO PEREZ, en su carácter de Fiscal Séptimo del Ministerio Publico de este estado Yaracuy. Visto la incomparecencia de la parte demandante, sin causa justificada el tribunal declara terminado el presente asunto.
Encontrándose la causa para dictar sentencia, esta Juzgadora decide en los siguientes términos:
Ahora bien, al dejar constancia el Tribunal de la inasistencia de la parte demandante, se considera desistido el presente procedimiento. En consecuencia, este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA DESISTIDO EL PRESENTE PROCEDIMIENTO DE RESPONSABILIDAD DE CRIANZA (CUSTODIA), de conformidad con lo establecido en el artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Se ordena el archivo del expediente, devolver los originales de los instrumentos presentados a la parte que los produjo, y dejar copias certificadas de éstos en el mismo.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. En San Felipe, a los doce (12) días del mes de Agosto de 2013. Años: 203º de la Independencia y 154º de la Federación.
La Jueza,
Abg. Anilec Silva Camacaro
La Secretaria
Abg. Katiuska Pérez
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