REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL

JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.


Chivacoa, 10 de Diciembre del 2013
Años: 203° y 154°


Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: CARMEN ANTONIA DELGADO GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 7.591.662 y domiciliada Comunidad de Peguaima, avenida 8 entre calles 20 y 21 Municipio Bruzual del Estado Yaracuy. y PASTOR ANTONIO MENDOZA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 7.581.108 y domiciliado en la Avenida 4 calle 23 y 24 Comunidad de Peguaima, Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy. Actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana: OLGA VIOLETA CAMACHO, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº. V- 4.767.530 y de este domicilio, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre una
bienhechuría que la solicitante dice poseer sobre un lote de terreno propiedad Municipal, ubicado en la Avenida 4, esquina calle 23, Comunidad Peguaima, Chivacoa Municipio Bruzual Estado Yaracuy, que mide una superficie de DOSCIENTOS NUEVE METROS CUADRADOS CON NOVENTA Y SIETE CENTIMETROS ( 209,97 mts2), y con un Área de construcción de NOVENTA Y CINCO METROS CUADRADOS CON SETENTA CENTIMETROS ( 95,70 mts2), dicha bienhechuría posee las siguientes características: Una (1) sala con una (1) puerta de entrada de hierro y una (1) ventana de madera con protector de hierro, una (1) cocina con una puerta trasera de hierro con protector de hierro y una (1) con bloques de celosía, Tres (3) habitaciones con puertas de madera y un (1) baño empotrado en cerámicas, con puertas de madera y bloques de celosía, cercada perimetralmente con paredes de bloques, con servicios de aguas blancas, cloacas y electricidad, comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: Casa que es o fue de Olga Camacho en 15,75 ml ; SUR: Avenida 4 su frente en 17,00 ml; ESTE: Casa que es o fue de Paula Arteaga en 12,60 ml; OESTE: Calle 23 en 13,00 ml; según se evidencia en el CERTIFICADO DE EMPADRONAMIENTO, Nº 22 03 01 AUR 108 08 17, emitido por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy en fecha 08 de Noviembre de año 2013. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal. Se le asignó el Nº 3000/2013.-

El Juez

Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA

La Secretaria,
Abg. ERLEN MARTINEZ