REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
Chivacoa: 10 de Diciembre de 2013.
Años: 203° y 154°
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: HORTENCIA MERCEDES PEREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. V-4.969.534, domiciliada en la Avenida 5 entre Calles 21 y 22, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy; y, FRANZ AIDEMAR GOMEZ ALEJOS, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de Identidad Nro. V-15.767.831, domiciliado en El Barrio Guaicaipuro, Chivacoa, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en el Artículo 937º del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de Propiedad a favor de la Ciudadana: FELICITA ANTONIA CAMACARO CORDERO, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad Nº V-4.966.136, de este domicilio, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos, sobre unas bienhechurías que la solicitante fomento sobre un Lote de Terreno Propiedad Municipal; que mide una superficie de TRESCIENTOS TREINTA Y DOS METROS CUADRADOS CON SETENTA Y CUATRO CENTIMETROS (332.74 Mts2), con un Área de Construcción de CIENTO SIETE METROS CUADRADOS CON TREINTA Y CUATRO CENTIMETROS (107,34 Mts2) Ubicado en la Avenida 5 entre calles 21 y 22 Comunidad Peguaima, Chivacoa, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, constituida con las siguientes características: Una (01) casa construida con paredes de bloque, techo de zinc, piso de cemento rustico, distribuida de la siguiente manera: Un (01) porche, una (01) sala con una puerta y una (01) ventana de hierro, una (01) cocina- comedor, tres (03) habitaciones: una (01) con una puerta de madera y un (01) baño, cercada con estantillos de madera viva y muerta con tres (03) cintas de alambre de púas y tela metálica, con sus servicios de aguas blancas, cloacas y electricidad; y, cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Casa que es o fue de Nilda Colmenarez, 5.10 M; SUR: Avenida 5, Su Frente, 8.85 M; ESTE: Casa que es o fue de Aura Cordero, 41.50 M; y OESTE: Casa que es o fue de Familia Meléndez, 38.20 M, Según se evidencia en Certificado de Empadronamiento Nº 22 03 01 AU 108 12 11, otorgado por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en fecha 23 de Septiembre de 2013. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el Archivo del Tribunal. Se le Asignó el Nº 3006-2013.-
El Juez,
Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA
La Secretaria,
AA.- Abg. Erlen Martínez.