REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL

JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

Chivacoa: 17 de Diciembre del 2013
Años: 203° y 154°

Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: REINA DEL CARMEN ASCANIO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-17.156.590 y domiciliada en la Comunidad de Tamarindo de la Ciudad de Chivacoa del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy y JOSE FLORES, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-14.709.582 y domiciliado en la Comunidad de Guatanquire de la Ciudad de Chivacoa del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana DEDDYS YOSNEL ACOSTA AGUILAR, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº. V- 14.997.391 y de este domicilio, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre una bienhechuría que la solicitante dice poseer sobre un lote de terreno Municipal, ubicado en la Calle 24 entre Callejón Chuponal y Callejón Santa Lucia Comunidad Andrés Bello de la Ciudad de Chivacoa del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en un área Total de Terreno de 630,50 Mts2 y un área de Construcción de 24, oo Mts2, dicha bienhechuría consiste en: una (1) casa de una (1) sola pieza, construida con paredes de barro, techo de zinc, piso de cemento rustico, con una (1) puerta de entrada y salida de hierro, cercada perimetralmente con estantillos de madera viva y muerta con tres (3) cintas o pelos de alambres de púas, con sus servicios de aguas blancas y cloacas, cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Terreno Comunal en 32,50 ml; SUR: Terreno Comunal en 32,50 ml; ESTE: Calle 24 ( su frente) en 19,40 ml OESTE: Quebrada Canepeo en 19,40 ml; según se evidencia en el Certificado de Empadronamiento Nº 22 03 01 AU 107 05 05 emitido por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy en fecha 11 de Noviembre del año 2013. Devuélvase original con sus resultas a las partes interesadas y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal. Se le asignó el No 3020/2013.-



El Juez

Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA

La Secretaria,

Abg. ERLEN MARTINEZ