REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEPTIMO (7º) DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DEL ESTADO BOLÍVAR. EXTENSIÓN TERRITORIAL PUERTO ORDAZ
Puerto Ordaz, Miércoles dieciocho (18) de Diciembre de 2013
203º y 154º

Acta de Instalación de Audiencia Preliminar - DESISTIMIENTO

IDENTIFICACIÓN DE LA CAUSA
• EXPEDIENTE: FP11-L-2013-00612
• PARTE DEMANDANTE: BRITO ENGELS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 15.354.141
• APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDANTE: EDGAR ALCALA, SAUL JIMENEZ y PEDRO GONZALEZ, abogados en ejercicio, de este domicilio, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 93.694, 52.904 y 162.726 respectivamente.
• PARTE DEMANDADA: CONSTRUCCIONES TONORO, C.A
• APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: LAURA DEL CARMEN FERRER ALVIAREZ, inscrita en el I.P.S.A bajo el Nro. 132.639
• MOTIVO: COBRO DE DIFERENCIA EN EL PAGO DE PRESTACIONES SOCIALES

En el día de hoy, Miércoles dieciocho (18) de Diciembre de 2013, siendo el día y la hora fijada para que tenga lugar la instalación de la Audiencia Preliminar, conforme al sorteo de distribución efectuado por la Coordinación Laboral y Coordinación de Secretaria de este Circuito, verificado el anuncio a las puertas del Tribunal se hizo el llamado a las puertas del Tribunal por parte del personal de Alguacilazgo la presente audiencia, se deja expresa constancia de la comparecencia de la representación judicial de la parte demandada en la persona de la Abogada en ejercicio LAURA DEL CARMEN FERRER ALVIAREZ, inscrita en el I.P.S.A bajo el Nro. 132.639 quien acude en representación de la Sociedad Mercantil CONSTRUCCIONES TONORO, C.A según instrumento poder cursante en autos. Asimismo, se deja expresa constancia de la incomparecencia de la parte actora ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno, razón por la cual este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO; en consecuencia de lo anterior se ordena el ARCHIVO DE LEY de la presente causa.

Asimismo, se deja expresa constancia que en este estado, el Tribunal hace entrega a la representación judicial de la parte demandada del material probatorio aportado en la oportunidad de la instalación de la audiencia preliminar.

Regístrese y Publíquese la presente Decisión y Déjese Copia en el Compilador respectivo.

Dado, Firmado y Sellado en la Sala del Despacho del Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, a los dieciocho (18) días del mes de Diciembre del dos mil trece (2013). Años 203º de la Independencia y 154º de la Federación.


Abg. Mildred X. Barrera Rios
Jueza 7º de S.M.E. del Trabajo,

La representación judicial de la parte demandada


La Secretaria