ASUNTO : FP02-V-2013-001262
RESOLUCION Nº PJ0822013000484
SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA QUE DECLARA DESISITISDO EL PROCEDIMIENTO Y EXTINGUIDA LA INSTANCIA.
En horas hábiles del día de hoy cuatro (04) de diciembre 2013, siendo la una y treinta de la tarde (1:30 p.m.), se constituye de conformidad con lo previsto en el artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, el ciudadano Juez del TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION Y SUSTANCIACION DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES EXTENSION CIUDAD BOLIVAR, Abogada LOLIMAR GARCIA, y la ciudadana CAROLINA QUIJADA GUEVARA, secretaria del Circuito y deja constancia de que no comparecieron, el ciudadano JOSÉ GREOFRIO TRÍAS, venezolano, mayor de edad titular de las Cedula de Identidad Nº V-13.546.912, a la presente audiencia, en juicio de Revisión de Sentencia por Obligación de Manutención, visto que no comparecieron ninguna de las partes, a la presente audiencia, se considera DESISTIDO el presente procedimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 472, de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. En consecuencia dando cumplimiento a lo establecido en el referido artículo este Tribunal de Mediación y Sustanciación administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley: EXTINGUE la presente causa, advirtiéndole a la demandante que no podrá volver a presentar nueva demanda antes de que transcurra un (01) mes, contados a partir de la presente fecha. Déjese constancia en el Libro Diario del Tribunal y archívese el presente expediente. Es todo, termino, se leyó y conformes firman, siendo las diez treinta y ocho. -
LA JUEZA (1º) DE MEDIACION Y SUSTANCIACIÓN.
ABOG. LOLIMAR GARCIA HURTADO
LA SECRETARIA.
ABOG.CAROLINA QUIJADA GUEVARA.
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