REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y PROTECCIÓN DEL NIÑO DEL ADOLESCENTE

JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
San Felipe, 25 de Enero 2013.-
Años: 202° y 153°.-
Vista la diligencia que antecede suscrita por la apoderada judicial de los demandados Joaquín Santolaria y Julio Santolaria, identificado en autos, abogada Milagros Coromoto Garcia Amaro, Inpreabogado Nº 54.890, donde se consigna de Copia simple del Registro de Defunción consignada de una de las partes codemandada en la presente causa, ciudadano JOAQUIN SANTOLARIA venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 6.519.645, conforme este Tribunal, acuerda de conformidad con lo establecido en el artículo 144 del Código de Procedimiento Civil suspender el curso de la causa, hasta tanto se practique la citación de los herederos conocidos y desconocidos, a fin de que los mismos se hagan parte en el juicio en sustitución a su sucesor.
El Juez Superior,
Abg. Eduardo J. Chirinos.
La Secretaria,
Abg. Linette Vetri Meleán.
Exp. N°6058
EJC/lv.