JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

Chivacoa, 16 de Enero de 2013
Años: 202º y 153º
Visto y revisado como ha sido exhaustivamente la presente causa signada bajo el Nº 1567/2009 de Obligación de manutención introducida por la ciudadana YELITZA COROMOTO APARICIO, en contra del ciudadano RAUL ISAIAS MENDOZA y en beneficio de sus hijos IDENTIDAD OMITIDA SEGUN ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTEy por cuanto este Juzgado observa que en fecha 19 de Marzo del año Dos Mil Diez, se dictó sentencia firme como consta desde el folio 36 al folio 44 al cual se la venido dando estricto cumplimiento y vista la diligencia inserta al folio 70 suscrita y presentada por la parte demandante ciudadana YELITZA APARICIO donde solicita copias de la sentencia antes mencionada y el cierre de la causa por cuanto hará formalmente La solicitud de Aumento de la Obligación de manutención a sus hijos, por no existir otra actuación que practicar en la misma este Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, ACUERDA: En primer lugar: Expedir copias certificadas solicitadas por la demandante y en segundo lugar: Cerrar la presente causa. Asimismo archivar el presente expediente, desincorporarlo del inventario real y remitirlo en su oportunidad al Archivo Judicial del Estado para su Guarda y custodia.
El Juez,

Abg. EFRAIN BALLESTER ACOSTA La Secretaria,

Abg. ERLEN MARTINEZ
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto que antecede dejando copia debidamente certificada. Conste,
La Secretaria,

Abg. ERLEN MARTINEZ
EBA/klency.-
EXP N° 1567/2009