REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR.

PUERTO ORDAZ, VEINTITRES (23) DE ENERO DE DOS MIL TRECE 2.013
Años: 202º y 153º.-

En virtud de haber sido designado JUEZ PROVISORIO de este Tribunal en reunión de fecha 26 de Enero de 2.011, la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, y juramentado en fecha 4-02-11, por la Presidenta del Máximo Tribunal Mag. Dra. Luisa Estella Morales Lamuño, es por lo que me ABOCO al conocimiento de la presente causa, y en vista que mediante auto de este Tribunal de fecha 22/04/2010, insto a la parte actora a consignar los requisitos exigidos por Fiscal Séptimo Auxiliar de Protección Integral de la Familia, del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, y en vista que desde esa misma fecha hasta la presente no habido impulso procesal por la parte interesada, y es por lo que este Despacho Judicial declara por TERMINADO la presente causa de DIVORCIO 185-A. Ordenándose el archivo del expediente.
EL JUEZ PROVISORIO

ABG. JOSE ORANGEL SARACHE MARIN. EL SECRETARIO

ABG. JHONNY JOSE CEDEÑO.