REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero del Municipio Heres Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar
Ciudad Bolívar, 29 de Enero de 2013
202º y 153º
ASUNTO: FP02-S-2013-0000021
NUMERO DE RESOLUCION: PJ024201300012
PARTE SOLICITANTE: ciudadano JOSMAN JOSE ALBA RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 12.187.016, de este domicilio.
ABOGADO ASISTENTE: ciudadano MIGUEL ANTONIO SILVA ROMERO abogado en ejercicio, inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº 113.745 de este domicilio.-
MOTIVO: INSPECCION OCULAR.
Visto el DESISTIMIENTO en la presente causa de fecha 24-01-2013, interpuesta por el ciudadano JOSMAN JOSE ALBA RODRIGUEZ, en su carácter de parte solicitante en sus propios derechos e intereses expone:
Vista las actuaciones corrientes a la presente solicitud DESISTE del presente procedimiento
II
Respecto del auto de homologación, el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Civil, mediante sentencia de fecha 20 de enero de 1999, realizó las siguientes consideraciones: “los autos que dan por consumados u homologados los actos unilaterales o bilaterales de autocomposición procesal según el caso (desistimiento, convenimiento y transacción), tienen el carácter de sentencias definitivas (...)” En este sentido, este Tribunal en armonía con los criterios jurisprudenciales anteriormente citados observa que el auto de homologación tiene como finalidad darle ejecutoriedad sólo a medios de autocomposición procesal. Así pues, el Tribunal luego de una revisión exhaustiva a las actas que conforman el presente expediente, se puedo constatar que no existe evidencia que pudiera lesionar derechos e intereses de terceros diferentes a las partes que celebran la presente transacción, motivo por el cual este Juzgado Primero de Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÒN teniéndose como en sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgada, todo de conformidad con el articulo 263 del Código de Procedimiento Civil.-
LA JUEZ TEMPORAL
Abg.-MELID ELIZABETH FIGUEREDO.-
EL SECRETARIO
Abg.- ORLANDO PALACIO
MEF/Op/paquirma.
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