REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO HERES DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR
CIUDAD BOLÍVAR, 24 DE ENERO DE 2013
202º Y 153º
RESOLUCION Nº. PJ0252013000026
ASUNTO: FP02-V-2012-0001371

Visto el desistimiento del procedimiento hecho por el ciudadano RACHID RICARDO HASSANI, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº. 35.713 y, actuando como apoderado del ciudadano JOSE SALVADOR CALABRO DELIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedulad e Identidad Nº.10.046.294 de este domicilio, del juicio RESOLUCION DE CONTRATO DE VENTA CON RESERVA DE DOMINIO incoado en contra JAVIER GERMAN RODRIGUEZ RON y BETZABETH ESMERALDA MARQUEZ MENDEZ., venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, con cédulas de identidad Nros. V-11.998.824 y V-10.552.356, respectivamente, todos de este domicilio, el Tribunal, en atención a lo dispuesto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, dá por consumado el acto y procede, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, a HOMOLOGAR como en efecto lo hace, como en Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada. Además se ordena devolver los originales señalados previa certificación en autos. Procédase como se ha decidido.-
El Juez,


ABG. ORLANDO TORRES ABACHE.-
La Secretaria,

ABG. INOCENCIA LINERO DE CARDENAS.-