REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Superior de lo Contencioso Administrativo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar
Puerto Ordaz, siete de enero de dos mil trece
202º y 153º
ASUNTO: FP11-G-2010-000039
Concluido el trece (13) de diciembre de 2012 el lapso de promoción de pruebas abierto en la Demanda incoada por el ESTADO BOLÍVAR contra la ciudadana ISABEL SANTODOMINGO, la abogada Fraymar Hernández, en su carácter de abogada sustituta del Procurador General del Estado Bolívar, parte demandante, ratificó el valor probatorio de los documentos consignados con el libelo; este Juzgado Superior procede a pronunciarse sobre la admisibilidad de las pruebas promovidas.
En relación a las documentales promovidas por la parte demandante este Juzgado Superior las admite por no evidenciarse su manifiesta ilegalidad e impertinencia, salvo su apreciación en la sentencia definitiva. Así se decide.
LA JUEZA
BETTI OVALLES LOBO
LA SECRETARIA
ANNA FLORES FABRIS
BOL/aff/hgl