ASUNTO: FP02-J-2012-001321
Resolución N°: PJ0832013000086

SENTENCIA INTERLOCUTORIA

Solicitante: Aníbal Gerardo Lanz Sterling y Sheyla Maria Alexis Draegert.
Curador Propuesto: Dr. Einar José Tovar Parra.


Vista la aceptación de la ciudadana: EINAR JOSE TOVAR PARRA, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-3.022.042, y de este domicilio, al cargo de Curador Especial que se le propuso, y juramentada como ha sido, según consta en autos al folio veintidós (22) veintitrés (23); examinados, así mismo, los recaudos que se acompañan a la solicitud, este Tribunal, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 270 del Código Civil, discierne el cargo de Curador a la prenombrado ciudadano, para que previa autorización judicial, represente a los niños (Identidad omitida según artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), Venezolano, de diez (10) y siete (07) años de edad, y de este domicilio. Imponiéndosele, por este Tribunal, de las atribuciones y obligaciones que implica el cargo que se le discierne. En consecuencia, de conformidad con la precitada norma, y el artículo 177 parágrafo cuarto literal “E” de la LOPNA, Así se Decide. Déjese Copia Certificada, de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil. Archívense las actuaciones. Déjese constancia en el Libro Diario de Actuaciones.-----------------------------------------------------------------------------------------

EL JUEZ (2º) DE MEDIACIÒN

DR. FRANKLIN GRANADILLO PAZ
LA SECRETARIA

ABG. CAROLINA QUIJADA GUEVARA
FGP/CQG/B.C.-