REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución de Puerto Ordaz
Puerto Ordaz, dieciocho de febrero de dos mil trece
202º y 153º
ASUNTO PRINCIPAL : FP11-L-2009-001417

DEMANDANTE: Ciudadana JUDITH MARIBEL MAIZ, venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nº 11.435.716.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: Ciudadanos EMILIA SALAZAR VALLES y VICENTE RAMOS CHACÓN, Abogados en ejercicio e inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los N° 33.925 y 63.771 respectivamente.
PARTE DEMANDADA: Sociedad mercantil INVERSIONES VALISAEK, C. A., inscrita ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, con sede en Puerto Ordaz, estado Bolívar, en fecha 28/01/1992, anotada bajo el N° 21, Tomo A N° 129.
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: Ciudadanos OLYMAR RIVAS GARAVAN, MARTIN RICARDO SÁNCHEZ GALVIS y DIEGO MARQUEZ, Abogados en ejercicio e inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los N° 63.314, 45.340 y 84.835, respectivamente.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES E INDEMNIZACIONES DERIVADAS DE ENFERMEDAD PROFESIONAL.
Hoy, 18 de febrero de 2013, siendo las 10:00am, día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma los ciudadanos: apoderado judicial de la parte demandada abogado en ejercicio MARTIN RICARDO SÁNCHEZ GALVIS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 45.340, según se evidencia de Poder Notariado por ante la Notaría Pública Cuarta de Puerto Ordaz, se deja constancia expresa de que NO COMPARECIO LA PARTE DEMANDANTE a la presente audiencia ni por sí ni por medio de apoderado alguno.
Por lo anteriormente expuesto este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela de conformidad con lo establecido en el artículo 130 de La Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil declara el Desistimiento del Procedimiento. Así se decide.
EL JUEZ
SECRETARIA

ABOG. LENIN BRITO.
PARTE DEMANDANTE PARTE DEMANDADA
LAB.