ASUNTO: FP02-J-2012-001242
RESOLUCION Nº PJ0822013000004
SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA
Vista la solicitud de homologación de acuerdo por REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, de fecha 22 de Octubre del 2012, suscrita por los ciudadanos: WILMARI OBADILLA RAMOS y LEUDIS YUSMARY ABREU BARENGUEL, identificados en autos, debidamente asistidas por el Dr. WALFREDO MENDEZ ARAY, Fiscal Séptimo del Ministerio Público, cuyo escrito cursa en autos al folio (02), este Juzgado de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes extensión Ciudad Bolívar, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el referido Convenio entre las partes tal como lo disponen los artículos 387 de la LOPNNA con 518 ejusdem concordancia con los artículos 263 y 363 del CPC en consecuencia ordena proceder como si se tratara de Sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada con plena fuerza ejecutiva. Así se decide. Cúmplase. Déjese copia certificada y entréguese un ejemplar a cada una de las partes. Déjese Constancia en el Libro Diario de Actuaciones.---------------------------------------------------------------------------
EL JUEZ (1º) DE MEDIACIÒN (Temporal)
ABG. GLORIA J. MONTENEGRO
LA SECRETARIA
DRA. CAROLINA QUIJADA GUEVARA
En esta fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en la decisión que antecede.
LA SECRETARIA
DRA. CAROLINA QUIJADA GUEVARA
GJM/CQG/Ryna Sano.-
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