ASUNTO: FP02-J-2012-001211
RESOLUCION Nº PJ0822013000021
SENTENCIA INTERLOCUTORIA.
Revisadas las actuaciones que conforman el presente expediente, se constata que el ciudadano: Alvin Manuel Farfan Flores, titular de la Cédula de Identidad Nº V-8.882.616, no consignó sentencia dictada en la causa por Declaración de Únicos y Universales Herederos, en su debida oportunidad, requisito indispensable para la continuidad del proceso, en atención al Interés superior del el Niño, de conformidad con los artículos 08, 85 y 177 Parágrafo Segundo letra (A) de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente; en consecuencia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara desistida la Solicitud y en consecuencia EXTINGUIDO EL PROCESO, de conformidad con lo previsto en el Artículo 514, de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Se ordena la devolución de los documentos originales. Cúmplase y archívese el expediente.----------------------------------------------------------------------------------
LA JUEZ (1º) DE MEDIACIÓN
ABG. GLORIA MONTENEGRO
LA SECRETARIA
ABG. CAROLINA QUIJADA GUEVARA
En esta fecha, se registró y publicó la anterior decisión y se dio cumplimiento a lo ordenado en la misma. CONSTE.
LA SECRETARIA
ABG. CAROLINA QUIJADA GUEVARA
GM/Daysi Silva.-
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