ASUNTO: FP02-J-2012-000998
RESOLUCION Nº PJ0832013000262

SENTENCIA INTERLOCUTORIA:
Declaración de Únicos y Universales Herederos.
Solicitante: Héctor José Pérez Chauran.
Beneficiarios: IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDA CON EL ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCIÒN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES

Vista la solicitud que encabeza las actuaciones que anteceden, los documentos producidos y la justificación promovida y evacuada al efecto, éste Tribunal de conformidad con lo previsto en el artículo 517 de la LOPNNA, concordancia con el 937 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de terceras personas de igual o mejor derecho, administrando justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad d e la Ley declara como: ÙNICOS y UNIVERSALES HEREDEROS, de la causante: DANETZY MARILYN NUÑEZ DE PEREZ, quien fuera Venezolana, mayor de edad, C.I. Nº. 16.914.701, fallecido Ab-Intestato el día 10/08/2012 Ciudad Bolívar, Estado Bolívar, el día 06 de Noviembre del año 2012, a su esposo HÉCTOR JOSÉ PÉREZ CHAURAN y a sus hijos: DANNYLIS MARIYEL, HEIDAN SABASTIAN y DYLAND SANTIAGO PEREZ NUÑEZ, de nueve (09), cuatro (04) años de edad y cuatro (04) meses de edad respectivamente. Cumplidas como han sido las actuaciones de autos, devuélvase en original la documentación a la solicitante y déjese copia certificada del fallo completo. ASI SE DECIDE. Déjese Constancia en el Libro Diario de Actuaciones.-

EL JUEZ (2) DE MEDIACION


DRA. FRANKLIN GRANADILLO PAZ.

LA SECRETARIA


ABG. CAROLINA QUIJADA GUEVARA


Yioleska Oyuela -.asistente.-