ASUNTO: FP02-J-2013-000016
RESOLUCION Nº PJ0832013000190
SENTENCIA INTERLOCUTORIA:
Declaración de Únicos y Universales Herederos.
Solicitante: Rebeca del Carmen García de Guacaran
Abogado: Saúl Andrade
Vista la solicitud que encabeza las actuaciones que anteceden, los documentos producidos y la justificación promovida y evacuada al efecto, éste Tribunal de conformidad con lo previsto en el artículo 517 de la LOPNNA, concordancia con el 937 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de terceras personas de igual o mejor derecho, administrando justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara como: ÙNICOS y UNIVERSALES HEREDEROS, del causante: JOEL ANTONIO GUACARAN GUTIERREZ, quien fuera Venezolano, mayor de edad, C.I. Nº. 11.172.356, fallecido Ab-Intestato en Zona Boscosa, vía Orocopiche, Ciudad Bolívar, Estado Bolívar, el día 22 de Diciembre del año 2012, a sus hijos: (Identidad omitida según artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes) de Siete (07) y Dos (02) años de edad, y a la ciudadana REBECA DEL CARMEN GARCIA DE GUACARAN, titular de la Cedula de Identidad Nº V-21.547.388. Cumplidas como han sido las actuaciones de autos, devuélvase en original la documentación a la solicitante y déjese copia certificada del fallo completo. ASI SE DECIDE. Déjese Constancia en el Libro Diario de Actuaciones.-
EL JUEZ (2) DE MEDIACION
DRA. FRANKLIN GRANADILLO PAZ.
LA SECRETARIA
ABG. CAROLINA QUIJADA GUEVARA
FGP/Shiderlly Inagas.-
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