REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA



PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida sede Mérida.
Jueza del Tribunal Primero de Primera Instancia de
Mediación y Sustanciación.

202º y 153 º

Asunto Nro. 01082
SOLICITANTE: ADRIANA YURITZY ARCE ALCALA, venezolana, menor de edad, titular de la cedula de identidad No. V-8.024.340.

BENEFICIARIA: OMITIR NOMBRE, de quince (15) años de edad.

ASUNTO: AUTORIZACION JUDICIAL PARA TRAMITAR VISA DE CANADA

SENTENCIA: DEFINITIVA

Se inicia el presente asunto por Autorización Judicial en virtud de escrito presentado en fecha catorce (14) de febrero de dos mil trece (2013), por la ciudadana ADRIANA YURITZY ARCE ALCALA, actuando con el carácter de madre y representante legal de la adolescente OMITIR NOMBRE de doce (12) años de edad, debidamente asistida en este acto por la abogada MARGUILY PULIDO GUILLEN, en su carácter de Defensora Publica Cuarta del Estado Mérida, mediante la cual solicita se le conceda AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA TRAMITAR VISA. Ahora bien, para decidir esta sentenciadora estima hacer las siguientes consideraciones: A tenor de lo previsto en los artículos 22, 177, Parágrafo Segundo, literal “e” y 393 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en concordancia con el articulo 267 del código Civil Vigente. “Artículo 8: “…El Interés Superior del Niños, Niñas y Adolescentes es un principio de interpretación y aplicación de esta Ley, el cual es obligatorio cumplimiento en la toma de todas las decisiones concernientes a los niños, niñas y adolescentes. Este principio esta dirigido a asegurar el desarrollo integral de los niños niñas y adolescentes, así como el disfrute pleno y efectivo de sus derechos y garantías…”. Y por cuanto de la revisión de las actas, documentos y demás recaudos que integran el presente expediente civil Nº 01082, se desprende que la solicitud hecha es de INTERES SUPERIOR, para obtener la Visa de Canada; en consecuencia, éste Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, Concede Autorización Judicial Suficiente para tramitar Visa de Canada de la adolescente OMITIR NOMBRE, anteriormente identificada. Entréguese a la solicitante copia certificada de la presente decisión.---------------------------------
Dada, Firmada y Sellada en la sede del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en Mérida, veinte (20) del mes de febrero del año 2012. Años 202° y 153°.


LA JUEZA TITULAR



ABOG. DOANA RIVERA HERRERA.


LA SECRETARIA



ABG. ANA LEONOR PEÑA DE GONZALEZ


En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.


LA SRIA





Exp. Nº 1082
Cherald.-