REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL

JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.



Chivacoa: 22 de Julio de 2013.
Años: 203° y 154°

Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: JUAN ERNESTO FLORES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. V- 23.425.105, domiciliado en Sabana Larga, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy; y, ANTONYS FREDDY RIOS FLORES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. V- 17.282.217, domiciliado en Sabana Larga, Vía Panamericana, Calle Los Rea, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy; Este Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en el Artículo 937º del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de Propiedad a favor de la Ciudadana, MARGARITA LUCENA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 6.604.191, de este domicilio, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos, sobre unas bienhechurías que la solicitante fomento sobre un Lote de Terreno Propiedad del INTi; que mide una superficie de CUATRO MIL OCHENTA Y SIETE METROS CUADRADOS (4.087,00 Mts2), con un Area de Construccion de TREINTA Y CINCO METROS CUADRADOS CON CINCUENTA CENTIMETROS (35,50 Mts2), Ubicado en la Carretera Panamericana entre Callejón Urapal, Quebrada Grande, Comunidad Sabana Larga, Chivacoa, Municipio Bruzual, Estado Yaracuy, constituida con las siguientes características: Una (01) casa construida con paredes de bloques, techo de zinc, piso de cemento pulido, distribuida de la siguiente manera; Una (01) sala – cocina – comedor con una (01) puerta de entrada de hierro con una ventana de hierro y una (01) puerta trasera de hierro, tres (03) habitaciones, dos (02) con puertas de hierro y una (01) de madera, con ventanas de bloque de ventilación y un (01) baño exterior construido con paredes de bloque y techo de zinc, con sus servicios de aguas blancas y electricidad, cercadas dichas bienhechurías perimetralmente con estantillos de madera viva y muerta con cuatro (04) cintas o pelos de alambre de púas; y, cuyos linderos son los siguientes: NORESTE: Terrenos ocupados por Margarita Lucena, V3 al V4; SURESTE: Terrenos de Margarita Lucena, V4 al V5; SUROESTE: Terrenos de Margarita Lucena y Casa que es o fue de Yenni Figueroa V5 al V1; y NOROESTE: Carretera Panamericana Su frente, V1 al V3, Según se evidencia en Certificado de Empadronamiento Nº 22 03 01 R01 122 19 11, otorgado por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en fecha 26 de Octubre de 2012. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el Archivo del Tribunal. Se le Asignó el Nº 2695-2013.-

El Juez,

Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA


La Secretaria,


Abg. Erlen Martínez.-


EBA/EM/Audry.-