REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
Chivacoa: 04 de Julio de 2013.
Años: 202° y 154°
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: NORYCE VICTORIA URIARTE RAMOS, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 17.698.429, domiciliada en la Comunidad de Nueva Esperanza de la Ciudad de Chivacoa, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy; y, RAFAEL JOSE URIARTE, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 7.501.760, domiciliado en la Comunidad de Nueva Esperanza de la Ciudad de Chivacoa, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy; Este Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en el Artículo 937º del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de Propiedad a favor de la Ciudadana, REINA YSABEL VELIZ, Venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 7.918.422, de este domicilio, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos, sobre unas bienhechurías que la solicitante fomento sobre un Lote de Terreno Propiedad Privada, que forma parte de una mayor extensión de la Sociedad Anónima “MAYCO” según Documento Registrado en la Oficina Subalterna de Registro del Distrito Bruzual bajo el Numero 64, Folios 1 al 3, Protocolo Primero adicional segundo, de fecha 02 de Diciembre del año 1.977; que mide una superficie de DOSCIENTOS CUARENTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON SESENTA CENTIMETROS (248.60 Mts2), con un Área de Construcción de TREINTA Y UN METROS CUADRADOS CON NOVENTA CENTIMETROS (31.90 Mts2), Ubicado en la Calle 1 entre Avenidas 1 y 2, Comunidad Nueva Esperanza, Municipio Bruzual, Estado Yaracuy, constituida con las siguientes características: Una (01) pieza, construida con paredes bloque, techo de platabanda, piso de cemento rustico, con una (01) puerta de entrada de madera, cercada perimetralmente con estantillos de madera viva y muerta con cinco (05) cintas o pelos de alambre de puas, con sus servicios de electricidad, aguas blancas y cloacas; y, cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Terreno Comunal, 22.60 M; SUR: Casa que es o fue de Odalis Ortega, 22.60 M; ESTE: Calle 1 Su Frente 11.00 M; y OESTE: Fabrica de Jugos D.P.A., 11.00 M, Según se evidencia en Certificado de Empadronamiento Nº 22 03 01 U01 116 01 03, otorgado por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en fecha 17 de Junio de 2013. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el Archivo del Tribunal. Se le Asignó el Nº 2657-2013.-
El Juez,
Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA
La Secretaria,
Abg. Erlen Martínez.-
EBA/EM/Audry.-