REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MECANTIL Y AGRARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR
PUERTO ORDAZ, 29 DE JULIO DEL 2.013
AÑOS: 203º Y 154º.-
COMPETENCIA CIVIL
Visto el Desistimiento del Procedimiento contenido en diligencia de fecha 11 de Julio del presente año, suscrita por el ciudadano ANTONIO VELASQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-11.447.777, debidamente asistido por el Abogado en ejercicio PEDTRO MORENO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 54.360, parte demandante del presente juicio de LIQUIDACIÓN Y PARTICIÓN DE LA COMUNIDAD CONYUGAL, presentada por el ciudadano JOSE ANTONIO VELASQUEZ BORTHOMIERTH, contra la ciudadana ANAHI COROMOTO ACUÑA VILLARROEL, y no siendo contraria a derecho este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 26, 40 ordinal 1ro, 253, 257 de la Constitución Nacional y el Artículo 265 del Código de Procedimiento Civil, le imparte su aprobación, lo HOMOLOGA en todas y cada una de sus partes, y así se decide en nombre de la República y por Autoridad de la Ley.
El Tribunal a los fines de suspender la medida Preventiva de Embargo decretada por este Tribunal en fecha 18/06/2.013, acuerda oficiar al JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CARONI DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR, participándole lo conducente y para que remita el Despacho de Comisión librado en fecha 18/06/2013, con el Oficio N° 13-0.558, en el estado en que se encuentre. Líbrese oficio.
Publíquese y Regístrese y déjese copia de la presente decisión.
EL JUEZ PROV.,
ABG. JOSE SARACHE MARIN
EL SECRETARIO,
ABG. JHONNY CEDEÑO
Publicada en el día de su fecha, previo anuncio de ley, siendo las dos horas de la tarde (2:00 p.m.)
EL SECRETARIO,
ABG. JHONNY CEDEÑO
JSM/jc/judith
EXP. N° 43.259
|