REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Primero del Municipio Heres Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar
Ciudad Bolívar, 25 de Julio de 2013
203º y 154º

ASUNTO: FP02-V-2011-0001175
NUMERO DE RESOLUCION: PJ0242013000191.
Siendo el día y hora fijado por este juzgado para que tenga lugar la AUDIENCIA O DEBATE ORAL, a las 10: 00 a.m, tal como lo establece el artículo 874 en concordancia con el artículo 876 del Código de Procedimiento Civil, en el presente juicio que por DAÑOS Y PERJUICIOS DERIVADOS DE ACCIDENTE DE TRANSITO ha incoado el ciudadano JOSE ALEXANDER FUENTES GUEVARA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-19.870.195, en su condición de propietario del Vehículo de las siguientes características: Marca: SKYGO, MODELO: SG150-13,TIPO: MOTO, PLACA: AB5G28M, COLOR: GRIS, AÑO: 2009, representado por los abogados ALVARO ORTEGA OBREGON y ALEXANDRA SANCHEZ CAÑA, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nª 119.269 y 119.758 respectivamente, contra el ciudadano JULIO RICARDO SAAVEDRA, de nacionalidad chilena, titular de la cédula de identidad Nª 81.361.286, Representado Judicialmente por el abogado TOMAS GRACIAN Inpreabogado Nª 30.848. Anunciado como ha sido la apertura del acto de audiencia Oral, se deja constancia que no hizo acto de presencia la parte actora ni por si ni por medio de apoderado alguno, así como tampoco la parte demandada ni por si ni por medio de apoderado alguno. Se deja constancia de la asistencia de la práctica designada para la grabación, según lo establecido en el artículo 189 del Código de Procedimiento Civil, ciudadana LISSETH LOPEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 16.500.824.-
En este estado interviene la Dra. Merlid Elizabeth Figueredo y expone: Visto que en el día de hoy siendo las 10:00 a.m, fijado el día y hora para que tenga lugar el acto de la AUDIENCIA ORAL, y por cuanto no se encuentran presentes las partes del proceso, establece el artículo 871 del Código de Procedimiento Civil:” La audiencia se celebrara con la presencia de las partes o de sus Apoderados. Si ninguna de las partes compareciere a la audiencia, el proceso se extingue. Con los efectos que indica el artículo 271. Si solamente concurre una de las partes, se oirá su exposición oral y se practicaran las pruebas que le hayan sido admitidas pero no se practicaran las pruebas de la parte ausente.” (Subrayado nuestro).
En consecuencia procede este Juzgado Primero del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar a DECLARAR EXTINGUIDO EL PROCESO, conforme al artículo 871 del Código de Procedimiento Civil, y se ordena el archivo del expediente. ASI SE DECIDE.
Por la naturaleza del fallo no hay condenatoria en costas.
Se ordena notificar de esta decisión a las partes. Líbrese boleta de notificación.
LA JUEZA TEMPORAL.

DRA. MERLID ELIZABETH FIGUEREDO.




LA PRACTICA.

LA SECRETARIA.

ABG. LOYSI MERIDA AMATO
ASUNTO: FP02-V-2011-0001175
NUMERO DE RESOLUCION: PJ0242013000191.