ASUNTO: UP11-R-2013-000084
Asunto Principal: UP11-V-2009-000305
Cuaderno separado: UH06-X-2012-000112 (Tercería)
RECURRENTE: Ciudadana DERLY SORAYA SUAREZ VILLAMIZAR, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 6.247.360, representada judicialmente por la abogada Blanca Esther Pérez Ojeda, inscrita en el Inpreabogado con el Nº 61.403.
CONTRAPARTE: Ciudadano CESAR ALEXANDER TOVAR CAMACHO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 15.966.218; representado judicialmente por el abogado Douglas José Páez Sánchez, inscrito en el Inpreabogado con el Nº 90.234 y el co-demandado ciudadano CESAR TOVAR GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, de profesión abogado y titular de la cédula de identidad Nº 5.464.037, quien actúa en su propio nombre.
MOTIVO: Apelación en Tercería en Juicio de Partición y Liquidación de Comunidad Conyugal.
Conoce este Tribunal Superior el recurso de apelación interpuesto en fecha 21 de marzo de 2013, por la ciudadana DERLY SORAYA SUAREZ VILLAMIZAR, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 6.247.360, representada judicialmente por la abogada Blanca Esther Pérez Ojeda, inscrita en el Inpreabogado con el Nº 61.403, contra la sentencia de fecha 19 de marzo de 2013, dictada por la Jueza del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, en el Juicio de Tercería en Partición y Liquidación de Bienes de la Comunidad Conyugal, en el asunto Nº UH06-X-2012-000112, seguido por el ciudadano CESAR ALEXANDER TOVAR CAMACHO, en contra de los ciudadanos CESAR TOVAR GONZALEZ y la ciudadana DERLY SORAYA SUAREZ VILLAMIZAR, que negó la apertura de una articulación probatoria de conformidad con el artículo 607 del Código de Procedimiento Civil, a los fines de probar el motivo por el cual no contestó la demanda, ni promovió pruebas en el lapso correspondiente.
Dicho recurso fue admitido en un solo efecto devolutivo, por auto dictado en fecha 1 de abril de 2013.
En fecha 7 de junio de 2013, se recibe por ante este Tribunal Superior el legajo de copias certificadas que forman el expediente UP11-R-2013-000084, para que conozca la apelación.
El 14 de junio de 2013, mediante auto se fija la audiencia de apelación para el día 9 de julio de 2013, a las 10:00 de la mañana, de conformidad con el artículo 488-A de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
En fecha 21 de junio de 2013, se recibe escrito de formalización de la apelación, presentada por la ciudadana DERLY SORAYA SUAREZ VILLAMIZAR, representada judicialmente por la abogada Blanca Esther Pérez Ojeda, inscrita en el Inpreabogado con el Nº 61.403; en dos (2) folios útiles.
En fecha 25 de junio de 2013, se recibe escrito presentado por el co-demandado ciudadano abogado CESAR TOVAR GONZALEZ; actuando en su propio nombre, para hacer las observaciones correspondientes y presentar sus argumentos en contra de la apelación interpuesta por la ciudadana DERLY SORAYA SUAREZ VILLAMIZAR; dicho escrito fue presentado en 4 folios útiles y sus vueltos y en fecha primero de julio de 2013, presentó nuevo escrito cumpliendo con las formalidades de ley, en tres folio útiles y sus vueltos.
El día 9 de julio de 2013, oportunidad fijada para la celebración de la audiencia de apelación, mediante auto se reprograma la celebración de la audiencia para el día 16 de julio de 2013, por cuanto la misma quedó fijada fuera del lapso establecido en el artículo 488-A de la Ley Orgánica para la protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
En fecha 9 de julio de 2013, se recibe escrito, presentado por la contraparte ciudadano Douglas José Páez Sánchez, inscrito en el Inpreabogado con el Nº 90.234, actuando como representante judicial del ciudadano CESAR ALEXANDER TOVAR CAMACHO; en tres (3) folios útiles.
En fecha 16 de julio de 2013, oportunidad fijada para la audiencia de apelación, no compareció a la celebración de la audiencia la parte recurrente ciudadana DERLY SORAYA SUAREZ VILLAMIZAR, ni su representante judicial abogada Blanca Esther Pérez Ojeda. Comparecieron la contraparte ciudadano CESAR ALEXANDER TOVAR CAMACHO, su representante judicial abogado Douglas José Páez Sánchez y el co-demandado ciudadano CESAR TOVAR GONZALEZ.
Para decidir esta sentenciadora observa.
El artículo 488-C de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, establece:
“En el día y la hora señalados por el Tribunal para la realización de la audiencia, se producirá la vista de la causa bajo su dirección, en donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria.
En el supuesto que no compareciere a dicha audiencia la parte apelante, se declarará desistida la apelación, salvo las excepciones establecidas en la ley. En caso que no comparezca la otra parte se continuará con la celebración de la audiencia.” (Resaltado del Tribunal)
De la norma transcrita se desprende, que la parte recurrente debe comparecer a la celebración de la audiencia de apelación, para exponer oralmente los fundamentos por los cuales pide la revisión de la sentencia dictada por el a quo; con la consecuencia negativa establecida en la ley, que su inasistencia acarreará el desistimiento del recurso. Ahora bien, visto que la parte recurrente no estuvo en la realización de la audiencia, resulta forzoso declarar desistido el recurso, atendiendo a lo establecido en el artículo 488-C eiusdem. Así se decide.
Por las anteriores consideraciones, se confirma la sentencia dictada por la jueza del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, de fecha 19 de marzo de 2013
Decisión
En mérito de las razones expuestas, este Tribunal Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara DESISTIDO el recurso de apelación incoado por la ciudadana DERLY SORAYA SUAREZ VILLAMIZAR, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 6.247.360, representada judicialmente por la abogada Blanca Esther Pérez Ojeda, inscrita en el Inpreabogado con el Nº 61.403, contra la sentencia de fecha 19 de marzo de 2013, dictada por la Jueza del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, en el Juicio de Tercería en Partición y Liquidación de Bienes de la Comunidad Conyugal, en el asunto Nº UH06-X-2012-000112, seguido por el ciudadano CESAR ALEXANDER TOVAR CAMACHO, en contra de los ciudadanos CESAR TOVAR GONZALEZ y la ciudadana DERLY SORAYA SUAREZ VILLAMIZAR.
En consecuencia queda confirmado el fallo apelado.
Se condena en costas del recurso a la parte recurrente, de conformidad con el artículo 60 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Una vez firme la presente sentencia remítase el expediente al Tribunal de origen.
Regístrese, publíquese y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en el despacho del Tribunal Superior de Protección de Niños, Niñas y de Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. En San Felipe, a los diecisiete (17) días del mes de julio de 2013. Años: 203° de la Independencia y 154° de la Federación.
La Jueza Superior
Abg. Yrela Y. Cham Rodríguez
La Secretaria
Abg. Teresa Castrillo Gómez
En la misma fecha se publicó la anterior sentencia, siendo las 2:41 de la tarde.
La Secretaria,
Abg. Teresa Castrillo Gómez
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