ASUNTO: FP02-J-2013-000464
Resolución N° PJ0822013000281
SENTENCIA INTERLOCUTORIA
Solicitante: .
Curadora Propuesta: Sarai Tadia Chávez Fornerino.
Beneficiario: Isaias Gabriel Teran Chávez.
Vista la aceptación de la ciudadana: Sarai Tadia Chávez Fornerino, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-12.193.393, y de este domicilio, al cargo de Curador Ad-Hoc, que se le propuso, y juramentada como ha sido, según consta en autos al folio catorce (14); examinados, así mismo, los recaudos que se acompañan a la solicitud, este Tribunal, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 270 del Código Civil, discierne el cargo de Curador Ad-hoc a la prenombrada ciudadana, para que represente a su sobrino: (Identidad omitida según artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes). Imponiéndosele, por este Tribunal, de las atribuciones y obligaciones que implica el cargo que se le discierne. En consecuencia, de conformidad con la precitada norma, y el artículo 177 parágrafo cuarto literal “E” de la LOPNA, Así se Decide. Déjese Copia Certificada, de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil. Archívense las actuaciones. Déjese constancia en el Libro Diario de Actuaciones.-------
DRA. LOLIMAR GARCIA HURTADO
LA JUEZA (1º) DE MEDIACIÒN Y SUSTANCIACION
LA (el) SECRETARIA (o)
ABG. CAROLINA QUIJADA GUEVARA
Yioleska Oyuela -.asistente.-
|