REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA



PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida sede Mérida.
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación.
Mérida, 4 de julio de 2013
203º y 154º
Expediente Nro. 07833
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
DEMANDANTE: MARIA FRANCISCA MOLINA CONTRERAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.780.720.
DEMANDADO: EDWAR RENE UZCATEGUI, venezolano, mayor de edad titular de la cédula de identidad N° V-15.620.074.
MOTIVO: FIJACION DE OBLIGACION DE MANUTENCION Y BONOS.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.
En el día de hoy, jueves 4/07/2013, presentes los ciudadanos MARIA FRANCISCA MOLINA CONTRERAS y EDWAR RENE UZCATEGUI, llegaron al presente convenimiento relacionado con la fijación de la obligación de manutención en beneficio del niño OMITIR NOMBRES, de 11 años de edad, en los siguientes términos: El padre, ciudadano EDWAR RENE UZCATEGUI, fija la obligación de manutención en la cantidad OCHOCIENTOS BOLIVARES (Bs. 800,00), mensuales, que serán depositados en la cuenta de ahorros Nº 01050092390092352448 a nombre de la madre en el Banco Mercantil Así mismo acuerdan los Bonos especiales, en el mes de agosto en la cantidad de DOS MIL BOLIVARES (Bs. 2.000,00) y en el mes de Diciembre en la cantidad de DOS MIL BOLIVARES (Bs. 2.000,00). En cuanto a los gastos extraordinarios serán compartidos por ambos padres en un cincuenta por ciento (50%) cada uno. Las cantidades fijadas tendrán un aumento automático y proporcional del 20% anual. Las partes manifiestan su conformidad y solicitan se homologue el presente acuerdo y se cierre el expediente. Oídas las exposiciones de las partes, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve: Homologar el acuerdo total celebrado entre los ciudadanos MARIA FRANCISCA MOLINA CONTRERAS y EDWAR RENE UZCATEGUI, dándole el efecto de sentencia firme ejecutoriada. Se ordena el cierre del expediente y el archivo del mismo. CUMPLASE. --------------------------------
LA JUEZ

ABOG. DOANA RIVERA HERRERA
EL SECRETARIO TITULAR
ABOG. PABLO ALARCON SANCHEZ