REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSIÓN EL VIGÍA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL Nº 06
El Vigía, 12 de julio de 2013
203º y 154º

ASUNTO PRINCIPAL: LP11-P-2011-001544
ASUNTO : LP11-P-2011-001544

En audiencia pautada conforme al artículo 46 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal, a los fines de verificar las razones del incumplimiento de una de las condiciones impuestas por este Tribunal al acusado ALEXIS MONTES YEPEZ, específicamente que no se presentó por ante la Unidad Técnica par la entrevista programada, presumiendo que la causa se debe a problemas económicos y familiares, tal como lo informa la Coordinadora de la Unidad Técnica de Supervisión y Orientación N° 02 de El Vigía, mediante oficio N° 1389 de fecha 03 de junio de 2013, inserto al folio 119 de las actuaciones; el Tribunal acordó otorgarle la palabra a la Defensora Pública abogada YADIRA UREÑA quien solicitó que se oficie a la Delegado de Prueba para que las presentaciones de su defendido sean cada cuatro meses, motivado a los problemas económicos y familiares que éste padece, máxime cuando el mismo ha dado cumplimiento con las demás condiciones impuestas por el Tribunal y retomó las presentaciones tal como consta del último Informe de la Unidad Técnica, por lo cual requiere además dejar sin efecto la nueva fijación de audiencia. Por su parte la Fiscalía Décima Octava del Ministerio Público, representada por el abogado GILBERTO ROMERO, solicita se inste al acusado de autos se presente por ante la Unidad Técnica a los fines de dar cumplimiento con las condiciones de la suspensión condicional del proceso y caso contrario se emita la sentencia condenatoria conforme a lo establecido en el artículo 47 del Decreto Ley; este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control Nº 6 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR el requerimiento de la Defensora Pública, a favor del acusado ALEXIS MONTES YEPEZ, suficientemente identificado en las actuaciones, en consideración a lo señalado por la Coordinadora de la Unidad Técnica de Supervisión y Orientación N° 02 de El Vigía, referente a que efectivamente el acusado de autos, presenta problemas económicos y familiares que le impiden presentarse por ante el despacho de la Unidad Técnica ubicada en esta ciudad, a efecto de dar cumplimiento con una de las condiciones impuestas por este Juzgado al momento de otorgarle la medida alternativa de suspensión condicional del proceso, aunado a que no consta de las actuaciones que el mencionado acusado haya incumplido en las restantes condiciones y no ha incurrido en otro hecho punible. En consecuencia, líbrese oficio a la Delegado de Prueba a los fines de que proceda establecer las presentaciones del acusado por ante dicha Unidad, cada cuatro (04) meses.
SEGUNDO: Líbrese Boleta de Notificación al acusado de autos, instándole se presente por ante la Unidad Técnica de Supervisión y Orientación N° 02 de El Vigía.
TERCERO: Notifíquese a las partes.

JUEZA DE CONTROL N° 06


ABG. ROSIRI DEL VECCHIO DIAZ


SECRETARIA


ABG. BLANCA SORAIDA PERNÍA CONTRERAS

En fecha se libró oficio N° y Boletas de Notificación Nrs.


Conste/Sria